Un sandwich de cuadril grillado con queso cheddar, tomate, mayonesa, rúcula, huevo y papas fritas. Pasa el mismo día, a la misma hora, en el mismo restaurante de Palermo Hollywood. De la cocina salen dos platos idénticos. Pero, al llegar la cuenta, a los clientes de una mesa se lo cobran $ 340; y a los de otra, $ 430. ¿Se trata de un error? No. Sucede que en un caso, como cada comensal pidió un plato entero, se aplicó el valor del menú; pero en el otro, como tenían poca hambre, la pareja ordenó uno solo para compartir entre ambos. Algo que ahora, en varios locales, es causa de que se aplique un polémico recargo.
Hasta hace poco, algo así hubiera sonado extraño. Pero en los últimos cuatro años cada vez más locales gastronómicos empezaron a facturar precios diferentes para los mismos productos, según cuántas bocas vayan a ingerirlos. Y actualmente, ante un público más propenso a dividir porciones para cuidar el bolsillo, la práctica terminó por instalarse con fuerza en la Ciudad de Buenos Aires.
Una recorrida pudo comprobar que decenas de restaurantes, muchos de ellos reconocidos y en polos gastronómicos top, están aplicando recargos por plato compartido que van de $ 40 a $ 100 y que pueden encarecer el valor de las porciones hasta un 40%.
A veces se da en locales que no cobran servicio de mesa. Otras veces, ambos cargos se suman. Y en casi todos los casos la controvertida cláusula aparece avisada en los menús, pero en letra chica, por lo que muchos clientes terminan sorprendidos -ingratamente- cuando les llega la cuenta.
«Los platos que se compartan tendrán un recargo de $ 80«, informa, por ejemplo, la carta de una famosa parrilla de Palermo, cercana al Hipódromo.
En otro restaurante especializado en carnes, dentro del shopping Dot, son $ 60. Y en uno muy de moda actualmente, en el ex Paseo de la Infanta, el cobro extra es de $ 70, lo que lleva a $ 410 platos de pollo de $ 340 o a $ 570 otros de pescado de $ 500, al pedir de a dos.
Si la elección es un conocido bistró de Las Cañitas, sobre la calle Báez, el adicional por compartir cada plato asciende a $ 95, que se suman a los $ 60 que le cobran a cada comensal por el «servicio de mesa».
«Estos cobros surgieron ante la disminución del consumo. Se han naturalizado y no siempre está claro con qué criterio se realizan. Hay locales que los aplican incluso cuando lo único que se comparte es la entrada, y luego cada uno pide un plato principal, algo que es costumbre para muchos», comentó Claudia Collado, presidenta de Acción del Consumidor (Adelco).
«A veces dos personas piden una sola entrada y un solo plato principal para los dos, ambos para compartir, y les están cobrando igual el recargo, pese a que pidieron dos platos en total. En casos así resulta muy discutible. La gente, cuando se encuentra con estas cosas por primera vez, se sorprende y se indigna, no lo puede creer. Resulta chocante que se castigue de esa manera a quienes comparten, no sólo por una cuestión económica, sino porque no desean comer tanto», suma Sandra González, de la entidad de consumidores Adecua.
«Cuando uno sale a comer con chicos, por ejemplo, compartir es necesario para no desperdiciar comida ni dinero, y con el recargo el costo termina siendo mucho mayor al previsto. Si lo que vos comprás es un plato, no debería tener más de un precio. Por sentido común, resulta abusivo«, considera Daniel Presti, abogado y legislador porteño del PRO que había presentado en 2017 un proyecto de ley para prohibir a los restaurantes cobrar y facturar montos extra «por platos compartidos».
«Esta práctica muestra una desfavorable tendencia a convertirse en un uso o costumbre, que no debe ser aceptado por habitual, ya que indudablemente se trata de un acto de mala fe por cuando se factura un servicio que muestra cierta ambigüedad, además de aumentar significativamente la cuenta, perdiendo sentido entonces los precios publicados al público», se planteaba, ya dos años atrás, en los fundamentos de ese proyecto.
Pero, como la iniciativa no llegó a ser tratada antes de diciembre pasado en la Legislatura, perdió estado parlamentario. Presti, sin embargo, dice a Clarín que «evalúa volver a presentarla» porque en los últimos dos años «la conducta siguió creciendo«. Es que, a su parecer, va en contra del principio de que al consumidor debe tratárselo digna y equitativamente, tal como ordenan la Constitución Nacional, la porteña y la Ley de Defensa del Consumidor 24.240.
El relevamiento de Clarín detectó que incluso existen locales en los que compartir plato no conlleva un gasto adicional, sino que está directamente prohibido. «Las promociones no se comparten» o «no se puede compartir» son, en este caso, las leyendas que figuran en los menús.
«Si los recargos por plato compartido son discutibles, que te impidan compartir ya es un despropósito absoluto. Sin dudarlo, hay que levantarse e irse a otra parte», propone González.
Mayores costos, el argumento empresario
Aunque para muchos clientes estas prácticas puedan ser poco simpáticas, en la Cámara de Restaurantes de la Ciudad las consideran «aceptables«. «Habría que analizar cada caso en particular, pero en principio no parece inadecuado cobrar recargos por compartir plato, siempre que se le avise eso claramente al cliente y que lo que se cobre sea razonable, sin desvirtuar el valor del plato”, explicó Verónica Sánchez, presidenta de la entidad.
Los empresarios argumentan que, cuando la gente comparte un plato, incurren en mayores costos, como tener que lavar otro plato y otro par de cubiertos, al mismo precio. «Si no te cobro cubierto, no está mal un recargo por compartir. Si no, pueden entrar cinco personas, ocupar tres mesas y pedir sólo una coca y una milanesa con papas fritas«, grafica Sánchez.
En la Cámara de Restaurante destacan, además, que hoy ninguna ley prohíbe expresamente cobrar el extra. «Si se informa y todo es claro, es una condición que forma parte de la relación de consumo. Es parte de la política comercial que cada local tiene la libertad de definir. Y el juez, finalmente, será el cliente, que aprobará o no esa política con su decisión de consumo», asegura Sánchez, quien cuenta que su sector está trabajando con una merma de comensales del orden del 30% al 40% respecto del año pasado.
«La gente está mucho más prudente al ordenar. Es probable que, en este contexto, muchos pidan para compartir. La gente pregunta más que antes si los platos son para dos«, agrega.
¿Y ahora, quién podrá defendernos?
Un dato llamativo es que, en Defensa al Consumidor, que es la entidad oficial donde la gente podría eventualmente denunciar la práctica de cobrar recargos por compartir plato, respaldan la postura de los empresarios gastronómicos.
«La ley no lo prohíbe. Si está debidamente informado en forma previa al consumidor, rige y será decisión del cliente tomar el almuerzo o cena allí, en esas condiciones, o ir a otro lugar donde no realicen la práctica», dijeron en el organismo nacional, dependiente del Ministerio de Producción y Trabajo.
En su par porteño, en la misma sintonía, señalaron que “los restaurantes deben cumplir con el derecho a la información”, exhibiendo en el ingreso y en la mesa “todos los precios de los platos y los cargos adicionales que pretendan cobrar a sus clientes”.
Sin embargo, hay expertos en derechos del consumidor que interpretan que los recargos deberían considerarse ilegales, por ser cláusulas «abusivas» y «discriminatorias». Es porque creen que implica cobrar dos veces por un mismo producto y darle un trato desigual a las personas que tienen estómago chico o poco dinero, lo que violaría los principios de la ley de Defensa del Consumidor 24.240.
«El comerciante, por más que avise, no puede avisar cualquier cosa. Sus condiciones deben ser razonables. Y esto no lo es. Va contra el trato digno y equitativo que pide la ley. Es un abuso y desde el Estado se debería limitarlo, en vez de proteger al extremo la libertad de mercado», critica Héctor Polino, fundador y representante legal de Consumidores Libres.
«Los que comparten -añade- suelen ser personas de tercera edad o chicos, que no tienen capacidad de comer un plato entero. El producto ya lo están cobrando, lo consuma una o dos personas. Y el mayor costo en el que incurre el restaurante por la vajilla es algo mínimo. De ningún modo eso justifica un recargo semejante.»
Las otras 4 cláusulas que despiertan polémica y entran en un “gris” legal
Los recargos por compartir plato son sólo una entre numerosas prácticas comerciales polémicas que se han generalizado, que generan quejas en los negocios y que terminan muchas veces en un “gris” legal. Un terreno dudoso donde los empresarios afirman tener derecho a imponer ciertas condiciones, pero para otros resultan “abusivas” por entender que comprometen derechos básicos de los clientes, como el de ser tratados dignamente y que nadie limite su libertad de elegir.
Ante la llegada del Día de los Derechos del Consumidor, que se celebra este viernes en todo el mundo, Clarín repasó algunas otras de estas disputas y consultó a los organismos de Defensa ante cuáles se puede reclamar.
1. Al cine, sólo con comida comprada en el “candy”
Un ejemplo típico es la prohibición que suelen imponer los cines, teatros y parques temáticos de entrar a esos lugares con alimentos y bebidas comprados fuera de sus instalaciones o de preparación casera. “No se permite el ingreso a las salas con golosinas, alimentos ni bebidas que no hayan sido adquiridas en nuestro candy bar”, se advierte, por ejemplo, al entrar a ver películas.
¿Tienen derecho a exigir eso? En una importante cadena del sector, que pidió no ser nombrada, responden enfáticamente que sí. Explican que el 65% de la facturación de los cines se genera en la venta de alimentos, y que entonces no es algo secundario para su negocio, sino central. “Sin el candy, no podría haber cine, porque sólo con la venta de entradas no se sustenta el negocio”, dice.
Y razona: “Un cine debe verse como una empresa cuya actividad es vender alimentos, al igual que un restaurante. Así, si a nadie se le ocurre ir a un restaurante con su propia vianda, tampoco debería hacerlo en un cine. Para nosotros es legal exigir eso porque no se obliga a nadie a consumir comida para ver el filme, y por otro lado, cualquiera puede consumir los alimentos sin entrar al cine”.
En Defensa al Consumidor de la Ciudad, sin embargo, dicen que la práctica “incumple con la ley 24.240”, que prohíbe prácticas que impliquen una “renuncia o restricción de los derechos del consumidor o amplíen los derechos de la otra parte”. Además, dicen, viola el artículo 1.099 del nuevo Código Civil, que impide limitar “la libertad de contratar” de la gente.
“Si el empresario permite ingerir alimentos y bebidas en el lugar, pero sólo permite que sean los que él vende y prohíbe, para el mismo tipo de alimentos o bebidas, traerlos de afuera, esa conducta podría vulnerar la ley 24.240”, coinciden en Defensa al Consumidor de la Nación.
2. Para retirar dinero, primero hay que gastarlo
Una posibilidad que se expandió mucho es la de retirar dinero en la caja de ciertos comercios, evitando ir hasta un cajero automático. Lo controvertido es que muchos de estos locales comenzaron a exigir compras mínimas de $ 50, $ 100 o más para poder hacerlo, lo que lleva al cliente, muchas veces, a comprar algo que no necesitaba para poder acceder a la prestación.
“Lamentablemente esto ocurre frente a un consumidor que necesita el dinero en ese momento y lo acepta porque reclamar implica tener que conseguir lo que precisa en otro lugar, y en otros tiempos. Si esto ocurre, hay que denunciar al establecimiento y tratar de encontrar el dinero por otros medios”, señala Claudia Collado, presidenta de Adelco.
En eso, las empresas dicen que es un beneficio para clientes y que tienen derecho a ofrecerlo así porque la ley 24.240 les deja condicionar sus ofertas.
Pero, según Defensa al Consumidor de la Ciudad, “constituiría una presunta infracción” porque el nuevo Código Civil prohibió las prácticas “que subordinan la provisión de productos o servicios a la adquisición simultánea de otros”.
3. Las mejores ofertas, sólo con billetes y no con débito
Una práctica muy habitual, en especial en pequeños y medianos comercios, es que hagan ofertas sólo válidas para pago en efectivo y que se nieguen a venderle al mismo precio (bajo) a quien pague con tarjetas de débito o de crédito en un pago.
Es algo que molesta a muchos consumidores porque, para poder aprovechar esas oportunidades, se ven obligados a trasladarse primero hasta un cajero automático.
Al respecto, en Defensa al Consumidor de la Nación advierten que esto viola lo dispuesto por la Ley de Tarjetas de crédito y por la Secretaría de Comercio Interior, que obligó a no hacer diferencias de precio entre las diferentes formas de pago al contado.
Es decir, que el mismo precio que se ofrece en efectivo debería poder aprovecharse comprando con plásticos.
Ahora bien, en la Ciudad, una ley local -la 5.008- habilitó en 2014 que se puedan cobrar precios más bajos en efectivo, sólo cuando la diferencia sea “favorable al consumidor”. Por lo cual, en territorio porteño, todo se vuelve más discutible, según qué norma se tome como referencia.
4. El que entra con bolso debe mostrarlo al salir
Otra caso cada vez más frecuente es el de comercios que no ofrecen lockers o los quitaron, pero pretenden que quien ingrese con bolsos o carteras permita que se los revise al retirarse del lugar.
En Defensa al Consumidor de la Ciudad explican que eso puede ser una infracción a la ley 24.240 si el cliente termina siendo colocado en una situación “vergonzante, vejatoria o intimidatoria”, y al derecho constitucional a la Intimidad. Además, aclaran que, si el personal de seguridad privada sospecha que el cliente se esté llevando algo sin pagar, «no tiene potestad de requisa, ya que ésta solo puede ser realizada por personal policial».
Lo que remarcan es que, en cualquier caso, la exigencia de revisar el bolso debe ser avisada claramente en el ingreso, para que la gente elija si quiere entrar o no en esas condiciones.
«Todas estas controversias y estas cuestiones tan debatidas, que se prestan a diferentes interpretaciones, son un síntoma de que nos está faltando regulación«, analiza Adrián Bengolea, presidente de Usuarios y Consumidores Unidos (UCU). Y sigue: «Se necesitan nuevas leyes y ordenanzas que dejen estas prácticas claramente permitidas o prohibidas. Una vez que queda bien establecido qué se puede hacer y qué no, los grises se terminan».